Circular 59/11
Estimados Apoderados:
Junto con saludarlos, informo a Uds., que a contar del segundo semestre de este año escolar, el procedimiento para justificaciones, inasistencias, atrasos y amonestaciones se llevará a cabo de acuerdo a lo siguiente:
De las inasistencias y justificaciones
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El alumno inasistente debe ser justificado por apoderado el día que este se reincorpore a clases.
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Si trascurrido el primer día el apoderado no justifica la inasistencia, el alumno no podrá ingresar a clases al segundo día, permaneciendo en el hall principal hasta que el apoderado llegue a justificar (5º básico a 4º medio). No podrá ingresar a clases aunque tenga cualquier situación evaluativa.
De las amonestaciones
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Un alumno puede recibir amonestación escrita de un docente o inspector, el documento le será entregado al alumno y solicitado al día siguiente por su profesor jefe en asamblea de la mañana, el documento deberá estar firmado por el apoderado Si al día siguiente el alumno no trae la amonestación firmada será enviado a inspectoría para hacer registro de la situación y aplicar el reglamento de Convivencia Escolar.
De los atrasos
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Inspectoría llevará un registro diario de alumnos atrasados al ingreso a clases, como también entre clases por lo que, se aplicará el reglamento de convivencia respecto del número de atrasos. Los atrasos son considerados faltas de responsabilidad, de acuerdo a articulo 17 de nuestro reglamento de convivencia escolar y en consecuencia:
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3 atrasos implican una amonestación escrita
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4 atrasos una citación a apoderado por Inspectoría
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5 atrasos suspensión del alumno
De los pases
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Los pases por justificación serán otorgados sólo por recepción
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Los pases por delantal, uso de buzo cuando no corresponda y atrasos entre clases sólo son otorgados por Inspectoría.
Atentamente,
ALEJANDRA ASTORQUIZA SÁEZ
DIRECTORA


