30 de octubre de 2023
Estimada Comunidad:
El colegio Espíritu Santo, en su Proyecto Educativo Institucional, establece la promoción de valores como la sobriedad y sencillez, frente a lo cual establece normas respecto de la presentación personal, por esta razón establece el uso obligatorio de uniforme y buzo escolar tanto para lo que resta del presente año como para el año 2024.
Los y las estudiantes deben presentarse al Colegio debidamente uniformados, según el nivel de enseñanza que cursan, de no cumplir con lo anterior, se informará al apoderado para que regularice la situación. El no cumplimiento corresponde una falta de acuerdo al RICE, por lo tanto, se citará a los padres para informar el ingreso al sistema de disciplina.
Uniforme Escolar:
Desde Pre Kínder a 3º básico:
Niñas: Polar oficial del colegio, buzo y polera oficial del colegio, short azul oficial, zapatillas deportivas (sobrias sin distintivos ni cordones de colores), delantal azul a cuadrillé marcado.
Niños: Polar oficial del colegio, buzo y polera oficial del colegio, short azul oficial, zapatillas deportivas (sobrias sin distintivos ni cordones de colores) y cotona color beige, marcada.
Desde 4º básico a IVº medio:
Niñas: Polar oficial del colegio, Jumper azul marino (ancho moderado, que no se apegue al cuerpo y largo no mayor a 5 cms. sobre la rodilla), blusa blanca o polera blanca institucional a partir de marzo-abril y desde septiembre a diciembre (excepto en actos oficiales o actividades extra programáticas que así lo requieran), corbata del colegio, calcetas o medias azules, zapatos negros, delantal azul a cuadrillé hasta octavo básico, enseñanza media no usan delantal ni cotona.
Durante la época de invierno, el jumper podrá ser reemplazado por un pantalón de tela recto de color azul marino (mayo a septiembre). Los alumnos podrán presentarse con parcas (sobre el polar institucional), gorros, bufandas, sólo de color azul marino. No se permitirán otros colores.
Cuando las alumnas tengan una actividad formal, o en donde les corresponda representar al Colegio, deben usar su uniforme completo, impecable y con jumper. No se permite el uso de ropa de abrigo que no sea azul marino, ni polerones con gorros y esta debe usarse siempre bajo el polar institucional.
Varones: Polar oficial del colegio, pantalón de tela gris recto, camisa blanca, o polera blanca institucional a partir de marzo-abril y desde septiembre a diciembre (excepto en actos oficiales o actividades extra programáticas que así lo requieran), corbata del colegio, zapatos negros, cotona color beige hasta octavo básico, enseñanza media no utilizará delantal ni cotona.
Los alumnos podrán presentarse con parcas, (sobre el polar institucional) gorros, bufandas, sólo de color azul marino. No se permitirán otros colores. Cuando los alumnos tengan una actividad formal o en donde les corresponda representar al Colegio, deben usar su uniforme completo e impecable. No se permite el uso de ropa de abrigo que no sea azul marino, ni polerones con gorros y esta debe usarse siempre bajo el polar institucional.
Art. 16: Los alumnos podrán asistir con uniforme deportivo solamente los días que tengan Educación Física o les corresponda alguna actividad que así lo requiera (taller deportivo), además deberán traer una polera blanca para realizar la clase y otra oficial del colegio de recambio, también deberán traer los útiles de aseo correspondientes y asearse para volver a clases. Los demás días, deberán presentarse con el uniforme escolar.
El uniforme oficial de Educación Física y deportivo es el siguiente:
Niñas: Buzo oficial del colegio (pantalón de buzo recto), polera blanca institucional, short azul oficial, zapatillas deportivas de color blanco, negro, azul o grises (sobrias, sin distintivos ni cordones de colores.)
Niños: Buzo oficial del colegio (pantalón de buzo recto con altura adecuada evitando dejar expuesta la ropa interior), polera blanca institucional, short azul oficial, zapatillas deportivas de color blanco, negro, azul o gris (sobrias sin distintivos ni cordones de colores).
EL USO DE UNIFORME ES Y SEGUIRÁ SIENDO OBLIGATORIO. ES DEBER DEL APODERADO CUMPLIR CON ESTA NORMA ESTABLECIDA EN EL RICE, FIRMADA Y ACEPTADA EN EL MOMENTO DE FIRMAR EL CONTRATO DE MATRÍCULA.
(*RICE: Reglamento Interno de Convivencia Escolar)
